LEY 14/2013: EL PERMISO DE RESIDENCIA COMO INVERSOR INMOBILIARIO EN ESPAÑA SIGUE VIGENTE
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septiembre 6, 2024En el marco de la Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, en los preceptos dedicados a la Movilidad Internacional, se contiene una de las figuras más innovadoras de nuestro ordenamiento en lo que a derecho de extranjería se refiere.
Nos referimos, sin duda alguna, al permiso de residencia para teletrabajadores y teletrabajadoras de carácter internacional, modalidad que de forma informal se conoce como ‘’nómadas digitales’’.
Una de las grandes ventajas que posee el teletrabajo o el trabajo 100% remoto es que permite al profesional residir o establecerse allí donde desee, y España facilita esta cuestión creando una autorización de residencia para aquellas personas que prestan servicios a distancia a empresas radicadas en el extranjero.
Por tanto, debemos tener en cuenta que es un permiso pensado para ciudadanos extranjeros que trabajan, ya sea como asalariados o como freelance (autónomos), para empresas no radicadas en España. Si prestamos servicios a empresas españolas, ya sea presencial o de forma remota, podremos residir en nuestro país siempre que cumplamos los requisitos de otras figuras, como por ejemplo el permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena/propia.
La documentación requerida para este tipo de procedimientos es diversa, y se orienta esencialmente a demostrar o acreditar la capacitación para el trabajo desempeñado, su carácter remoto o a distancia y la percepción de ingresos regulares. De forma resumida podríamos decir que todo expediente de nómada digital debe, al menos, reunir lo siguiente:
- Formularios, tasas y pasaporte en vigor.
- Documentación conducente a acreditar una relación profesional superior a 3 meses con una o varias empresas extranjeras.
- Documentación referente a la actividad real y continuada de las empresas empleadoras por al menos un año.
- Cartas o documentos que demuestren y autoricen la realización o prestación de servicios a distancia y de forma 100% remota. También debe hacerse mención al sueldo a percibir, condiciones, etc.
- Copia de los títulos o documentos que prueben la experiencia necesaria para el desarrollo de la actividad profesional.
- Certificado de cobertura de la Seguridad Social española o, en su caso, compromiso de alta o alta de la empresa extranjera en el sistema español para garantiza la cobertura del profesional.
- Seguro público o privado de salud, salvo alta efectiva en Seguridad Social.
- En su caso, certificado de antecedentes penales del país de residencia en los últimos dos años y declaración de inexistencia de antecedentes penales en los últimos 5.
Por otra parte, debemos tener en cuenta que de la documentación presentada debe desprenderse que nuestros ingresos serán suficientes para nuestra manutención y vida en España, garantizando un mínimo de 31.000€ aproximadamente (SMI español multiplicado por 2). Esta cuantía debe ser mayor si queremos además que un familiar o familiares nos acompañen y residan en España con nosotros.
En lo que concierne al procedimiento debemos tener en cuenta que estamos ante un permiso que puede ser solicitado desde el país de origen, a través de los servicios consulares correspondientes por demarcación territorial, o, en su caso, en territorio español siempre que nos encontremos legalmente en el país – ya sea bajo permiso de estancia como turista o por estudios o como residentes –. Como es habitual en las autorizaciones contenidas en la normativa de Movilidad Internacional, el organismo competente para revisar nuestra solicitud y resolver será la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE).
España es un país muy atractivo, con una diversidad espectacular, un gran patrimonio natura y cultural y situado en un enclave geográfico privilegiado, haciendo de éste un lugar perfecto para vivir. Si desempeñas tu trabajo a distancia o incluso piensas establecerte profesionalmente aquí en un futuro pero ya teletrabajas desde casa para empresas extranjeras el permiso de nómada digital te brinda una oportunidad de oro para establecerte aquí.
El procedimiento, aunque pueda parecer denso o requerido de numerosa documentación, se puede llevar a cabo de forma sencilla y cómoda si estás bien asesorado. En Olguín Abogados podemos resolver las dudas que tengas e informarte de los pasos que debes dar para formalizar tu solicitud, acompañándote en todo el proceso, ya sea en cualquier ciudad de España o desde tu país de origen. No dudes en contactarnos, estamos para ayudarte.