CIUDADANOS BRITÁNICOS RESIDENTES EN ESPAÑA ANTES DEL BREXIT
noviembre 28, 2023¿CÓMO PUEDO SOLICITAR LA GOLDEN VISA?
diciembre 4, 2023TARJETA AZUL UNIÓN EUROPEA
En nuestro ordenamiento jurídico se contemplan dos permisos de residencia y trabajo ciertamente similares pensados para atraer talento y perfiles profesionales muy concretos al mercado laboral español y europeo. En efecto, estamos hablando del permiso de residencia para Profesionales Altamente Cualificados, también conocidos de forma más informal como PAC, y el permiso de residencia tarjeta azul-UE.
Ambas figuras aparecen reguladas en la ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. En este sentido, es de destacar que la regulación referente a la tarjeta azul-UE se ha visto modificada recientemente, por cuanto España ha transpuesto la normativa europea derivada de la Directiva UE 2021/1993 y que modifica los extremos referentes a dicho permiso.
La finalidad esencial de estos cambios no es otra que hacer ciertamente más accesible este permiso, flexibilizando ciertos requisitos e intentando que resulte más atractivo para las empresas y los eventuales beneficiarios del mismo.
A fin de mejorar el sistema de tarjeta azul-UE en nuestro país, de las modificaciones introducidas destacan las siguientes:
- El contrato laboral al que se sujeta el permiso debe ser de, al menos, 6 meses de duración. Con la regulación anterior este requisito se extendía hasta los 12 meses.
- También se han introducido modificaciones que flexibilizan los requisitos referentes al umbral salarial a percibir por el solicitante. Así, el interesado o interesada debe acreditar la percepción de un salario que se encuentre entre el 100% y el 160% del salario medio bruto anual en el país donde se presten servicios.
Además, como comentamos, la tarjeta azul-UE es equiparable en varios aspectos a los permisos de residencia para profesionales altamente cualificados. Es por ello que también se exige, en este tipo de permisos, acreditar un determinado nivel de formación o cualificación, o, en su caso, un grado demostrable de experiencia en el sector o puesto laboral a desempeñar.
Así, para solicitar la tarjeta azul debemos acreditar poseer una formación superior de una duración mínima de 3 años y equivalente al menos al Nivel 2 del marco MECES. Esto quiere decir que debe tratarse de al menos un graduado universitario.
Alternativamente, es cierto que el artículo 71.2.a) de la Ley 14/2013, contempla la posibilidad de acreditar un mínimo de 5 años de experiencia profesional que avalen conocimientos y competencias suficientes o equiparables a dicha cualificación. De forma novedosa, se reduce esta exigencia a 3 años de experiencia en los últimos 7 años para los aquellos solicitantes que trabajen en el sector de las TIC (tecnologías de la información y las comunicaciones).
Entre otras cuestiones o particularidades de la tarjeta azul que la diferencian respecto de otras autorizaciones, destaca el hecho de que faculta a su titular para ejercer una actividad por cuenta ajena – vinculada a la empresa que solicita el permiso para el trabajador – y al mismo tiempo, por cuenta propia.
Por otra parte, este permiso permite trabajar hasta 90 días en otros estados miembros, distinto del emisor, sin necesidad de obtener un permiso de trabajo específico en ese otro estado.
Si obtienes tu tarjeta azul te concederán un permiso de residencia de 3 años o, en caso de un contrato temporal, tendrás autorización durante la vigencia de dicho contrato y 3 meses adicionales.
En conclusión estamos pues ante una figura sobre la que todavía hay mucha luz que arrojar, por cuanto las modificaciones introducidas tiene poco recorrido hasta la fecha y se aplican sobre un tipo de permiso que, precisamente, resultaba tan poco atractivo que muchas personas optaban por figuras distintas.
Desde Olguín Abogados seguiremos atentos a las novedades legales y reglamentarias relacionadas con la Tarjeta Azul-UE y, si estás interesado o interesada en aplicar a este tipo de permiso no dudes en contactarnos para que te asesoremos sobre el procedimiento y los pasos a seguir.