MODIFICACIÓN DE MEDIDAS
julio 28, 2023BAJA VOLUNTARIA DE LA EMPRESA Y RETRACTO
septiembre 7, 2023¿Qué es el permiso de residencia para profesionales altamente cualificados España?
Según lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, se podrá otorgar la autorización de residencia inicial para profesionales altamente cualificados, también conocido comúnmente como PAC, a aquellos profesionales extranjeros con una oferta de trabajo en España para el desarrollo de una relación laboral o profesional en un puesto directivo o actividad para la que se requiera contar con cualificación de enseñanza superior o, excepcionalmente, se acredite un mínimo de tres años de experiencia profesional que pueda considerarse equiparable a dicha cualificación, relacionada con la actividad para cuyo desempeño se conceda la autorización.
¿Cómo se tramita este permiso?
Su solicitud se realiza a través de la Unidad de Grandes Empresa y Colectivos Estratégicos quienes revisarán la concurrencia de los requisitos exigidos para otorgar este permiso.
¿Qué sucede si han cambiado las circunstancias que dieron lugar al permiso de Personal Altamente Cualificado y ya no trabajo en dicha empresa?
En este caso, en virtud de lo dispuesto en la Disposición Adicional Séptima de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, existe la obligación de que el interesado en el plazo de 30 días comunique este cambio de circunstancias a la Unidad de Grandes Empresa y Colectivos Estratégicos.
¿Qué sucederá tras la comunicación?
Para el caso de que el cambio de circunstancias venga precedido de un despido en la empresa en que el interesado estaba trabajando, tras la comunicación la Unidad de Grandes Empresa y Colectivos Estratégicos, la residencia del trabajador podrá continuar vigente a los efectos de poder disfrutar de la prestación por desempleo que corresponda al trabajador.
Posteriormente, si el trabajador encuentra otro trabajo donde sigue cumpliendo los requisitos para ser considerado Profesional Altamente Cualificado deberá presentar una nueva solicitud y, por tanto, se otorgará una nueva autorización inicial.
Para el supuesto de que el trabajador encuentre otro trabajo pero que, sin embargo, no cumpla los requisitos para obtener de nuevo la autorización de residencia como Profesional Altamente Cualificado, se podrá solicitar el permiso de residencia y trabajo de trabajador por cuenta ajena en virtud de lo dispuesto en el artículo 200 del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009.
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