Permiso de residencia temporal y trabajo de profesionales altamente cualificados.
enero 17, 2022Autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena para deportistas profesionales.
enero 19, 2022Es la renovación de la autorización de residencia temporal y trabajo para desempeñar una actividad laboral para la que se requiera contar con cualificación de enseñanza superior o, excepcionalmente un mínimo de cinco años de experiencia profesional que pueda considerarse equiparable.
Para renovar este permiso, se requiere cumplir con las siguientes exigencias:
- No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
- Carecer de antecedentes penales en España.
- No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
- Poder acreditar los requisitos exigibles para la concesión de la autorización inicial, que son:
- Presentar el contrato firmado por el empleador y trabajador que garantice al trabajador una actividad continuada durante el periodo de vigencia de la autorización para residir y trabajar.
- Las condiciones fijadas en el contrato de trabajo se deberán ajustar a las establecidas por la normativa vigente, y el salario bruto anual deberá ser, al menos, 1,5 veces el salario anual bruto medio de la profesión que vaya a desempeñar. No obstante, el salario podrá ser 1,2 veces el salario bruto anual en aquellas profesiones en las que haya una necesidad particular y pertenezcan a grupos 1 y 2 de la Clasificación Internacional Uniforme de Ocupaciones, CIUO (https://extranjeros.inclusion.gob.es/es/informacioninteres/informacionprocedimientos/ciudadanosnocomunitarios/hoja022/index.html#anexo).
- El empleador deberá estar inscrito en el régimen correspondiente del sistema de Seguridad Social y encontrarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- El empleador deberá contar con medios económicos, materiales o personales suficientes para su proyecto empresarial y para hacer frente a las obligaciones asumidas en el contrato frente al trabajador.
- Poseer la capacitación y, en su caso, la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión.
La concurrencia de estos requisitos se acreditará mediante la siguiente documentación:
- Impreso de solicitud EX–05, debidamente cumplimentado y firmado por el trabajador.
- Copia completa del pasaporte o título de viaje en vigor.
- Copia de la capacitación exigida para el ejercicio de la profesión, en su caso, cuando se haya modificado la actividad laboral y así proceda, debidamente homologada.
- En el supuesto de que el trabajador haya cambiado de empresa, documentación que la identifique.
- En el supuesto de que el trabajador haya cambiado de empresa, documentación que identifique a la empresa:
- Si se trata de un empresario individual: copia del NIF o NIE, o consentimiento para comprobar los datos de identidad a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad y Residencia.
- Si se trata de una persona jurídica (S.A, S.L., Cooperativa, etc.):
- Copia del NIF de la empresa y copia de la escritura de constitución debidamente inscrita en el Registro correspondiente.
- Copia del documento público que acredite que el firmante del contrato ostenta la representación legal de la empresa.
- Copia del NIF o NIE o consentimiento para comprobar los datos de identidad a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad y Residencia del firmante del contrato.
- Copia del contrato de trabajo firmado.
- En el supuesto de que el trabajador haya cambiado de empresa, acreditación de que ésta garantiza la solvencia necesaria, a través de: la declaración del IRPF, o del IVA, o del Impuesto de Sociedades o del informe de la vida laboral de la empresa, referido a los últimos tres años. Asimismo, debe aportarse una memoria descriptiva de la ocupación a realizar.
- En su caso, se podrá presentar para la valoración por la Oficina de Extranjería, informe de integración de la Comunidad Autónoma de su lugar de residencia, en el que conste la participación en acciones formativas y el conocimiento de lenguas oficiales.
La solicitud de este permiso se presentará por el propio trabajador, como sujeto legitimado para ello, ante cualquier registro público y dirigido a la Oficina de Extranjería correspondiente a la provincia en la que dicho trabajador resida; y ello durante los 60 días naturales previos a la fecha de expiración de la autorización, o bien dentro de los 90 días naturales posteriores a la fecha en que hubiera finalizado la vigencia de la autorización.