LAS FASES DEL PROCESO PENAL
julio 6, 2021EL PERMISO DE RESIDENCIA Y TRABAJO POR CUENTA PROPIA
julio 27, 2021Los familiares que pueden obtener este permiso son: los hijos del ciudadano europeo o de su cónyuge o pareja registrada, así como otros familiares que en el país de procedencia estuvieren a cargo del ciudadano europeo o su cónyuge o pareja registrada, o bien que presente graves problemas de salud que hagan imperativo que el ciudadano europeo se haga cargo, los ascendientes directos del ciudadano europeo o su cónyuge o pareja registrada, cualquier otro miembro de la familia que en el país de procedencia conviviere con el ciudadano europeo, y, por último, el cónyuge o pareja, inscrita o no, del ciudadano europeo.
Respecto a estos últimos supuestos, relativos a los cónyuges o parejas de hecho de los ciudadanos de la Unión Europea, vamos a profundizar, en cuanto que existen diversas formas de acceder a este permiso por esta vía.
Así, las posibilidades para una pareja que quiera acceder a la Tarjeta comunitaria para uno de los miembros, que no sea ciudadano comunitario, son las siguientes:
- Constituirse en pareja de hecho registrada, inscribiéndose en el Registro de Uniones de Hecho de la Comunidad Valenciana (o en cualquiera de los registros que, al efecto, existen en cada una de las Comunidades Autónomas españolas). Para ello, deberán presentar la correspondiente solicitud ante este organismo, bien presencial, bien telemáticamente, acompañando la siguiente documentación: Impreso normalizado firmado, Documentos identificativos de ambos, Certificado de empadronamiento de, al menos uno de los dos miembros, que acredite que uno de ellos reside en un municipio de la Comunidad Autónoma a la que corresponde el Registro, Acta de manifestaciones notarial en la que se haga constar la voluntad de los miembros de constituir una pareja de hecho, y el certificado de estado civil (bien entendido que todos los documentos extranjeros deben estar traducidos y legalizados/apostillados). Una vez se obtenga la resolución por la que se acuerde tener por inscrita a la pareja en el Registro, el ciudadano no comunitario puede acceder a la Tarjeta comunitaria como pareja registrada del nacional europeo.
- Contraer matrimonio civil, ante el Registro Civil de la ciudad en la que se encuentren los contrayentes. Para ello, será necesario que, tras solicitar cita previa para acudir presencialmente al Registro, se presenten, junto con un testigo mayor de edad, y aporten: los documentos identificativos de los contrayentes y del testigo, los certificados de nacimiento de ambos contrayentes, los certificados de empadronamiento histórico de los últimos dos años de ambos contrayentes, los certificados de estado civil de ambos contrayentes, variando las exigencias dependiendo de la situación de cada uno, en caso de ser divorciado, viudo o menor alguno de ellos (debiendo igualmente estar traducidos y legalizados/apostillados todos los documentos extranjeros). Una vez formado el expediente gubernativo de matrimonio con toda esta documentación, se les dará cita en el mismo Registro para una entrevista individual a cada contrayente, tras la cual, si es favorable, se les asignará una fecha para la celebración efectiva de la boda, a la que deberán acudir con 2 testigos, tras lo cual se les hará entrega a los contrayentes del Acta de Matrimonio, que será inscrito en el Registro Civil, y con esta documentación podrá el ciudadano no comunitario acceder a la Tarjeta comunitaria como cónyuge de ciudadano nacional europeo.
- Contraer matrimonio ante notario. Desde la entrada en vigor de la Instrucción de 3 de junio de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, sobre la tramitación del procedimiento de autorización de matrimonio ante notarios, los Notarios pueden tramitar un expediente gubernativo de matrimonio y, autorizar el matrimonio de manera totalmente equiparada a un Juez encargado del Registro Civil o demás funcionarios autorizados para ello. Para este trámite, es necesario solicitar al Colegio Notarial de la Provincia o Comunidad Autónoma correspondiente, que se asigne un Notario concreto para la llevanza del expediente gubernativo de matrimonio, tras el abono de una provisión de fondos de 600 € (en el caso de la Comunidad Valenciana). Una vez se les asigne un Notario, ante el mismo deberá aportarse: documentos identificativos de los contrayentes y de 2 testigos, los certificados de empadronamiento de ambos contrayentes, los certificados de nacimiento de ambos contrayentes, y los certificados de estado civil / soltería de ambos contrayentes. En todo caso, los documentos extranjeros, debidamente traducidos y legalizados / apostillados. Cuando el Notario asignado compruebe la corrección de toda la documentación, se entrevistará con los contrayentes y los testigos y, si valora favorablemente todo el expediente, asignará una fecha para la boda, que se autorizará por él mismo, otorgando a continuación la correspondiente Acta de Matrimonio a los contrayentes, con la cual el ciudadano extranjero podrá presentar su solicitud de Tarjeta comunitaria como cónyuge del ciudadano nacional europeo.
Siendo estas las distintas formas que existen en nuestro ordenamiento jurídico para acceder al permiso de residencia temporal de familiar de ciudadano de la Unión Europea como pareja o cónyuge, cada solicitante puede elegir una de las distintas vías según sus intereses y circunstancias. Y ello por cuanto cada procedimiento tiene unos costes distintos (ya que el matrimonio ante el Registro Civil y el Registro de Unión de Hecho es gratis, mientras que el matrimonio ante Notario conlleva una provisión inicial de 600€), así como, igualmente, varían los tiempos de resolución de un procedimiento a otro (mientras que el proceso de matrimonio notarial puede tramitarse en un mes, el matrimonio ante el Registro Civil puede demorar aproximadamente 2 meses, y la inscripción en el Registro de Uniones de Hecho de la Comunidad Valenciana puede tardar hasta 8 meses en resolverse). Por tanto, según las necesidades y posibilidades que maneje cada solicitante, a cada pareja le interesará acceder a la Tarjeta comunitaria por una vía u otra.
FDO. Silvia García Tomás