
EL EXEQUÁTUR
mayo 25, 2023
¿TUTELA O CURATELA?
junio 8, 2023Actualmente, a la hora de realizar un viaje o un desplazamiento temporal a otro país distinto del que somos nacionales o de aquel en el que residimos, es habitual que se nos exija un visado o autorización de viaje emitida por las autoridades del país de destino.
Con todo, existen excepciones y particularidades políticas y geográficas que alteran este orden. En este sentido, el Espacio Schengen se constituye como una de esas particularidades, toda vez que se trata de un área compuesta por 27 estados europeos que, entre ellos, han suprimido las fronteras comunes o fronteras internas. Entre otras cuestiones, ese escaso control fronterizo se traduce en la existencia de una libertad total de desplazamiento entre los nacionales de dichos Estados.
A nivel exterior supone el establecimiento de un sistema fronterizo común a los 27 países, por lo que en términos migratorios podríamos decir que el espacio Schengen opera como un único Estado, fijando una normativa de visados común a todos los que lo componen.
En este contexto, una de las últimas e innovadoras medidas adoptadas es el establecimiento del Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (ETIAS, por sus siglas en inglés).
¿Qué es el ETIAS?
Actualmente existen hasta 62 países cuyos nacionales se encuentran exentos de pedir visado para viajar a un Estado del Espacio Schengen. Esta exención permite que las ciudadanas y ciudadanos de dichos países puedan entrar y estar en el Espacio Schengen durante 90 días, ya sea por motivos de negocios o turismo.
Hasta el momento no era necesario que los extranjeros de dichos países, antes de entrar en un estado del Espacio Schengen, realizasen trámite o gestión alguna. Como norma general bastaba con acudir con el pasaporte en regla y en vigor.
Esto cambiará con la implantación del Sistema ETIAS, que se constituye como una nueva obligación para los visitantes provenientes de aquellos países exentos de visado. Así, los extranjeros deberán solicitar y poner en conocimiento de los estados Schengen que acudirán de viaje y entrarán en dicho espacio, lo que implica un mayor control sobre las entradas y salidas en dicho territorio.
¿Significa que ahora tengo que pedir un visado? ¿Por qué si antes no tenía que haces ningún trámite ahora voy a tener que hacerlo?
No, el sistema ETIAS no significa que ahora los nacionales de los países exentos de visado deban pedir dicho tipo de autorización.
Los procedimientos de solicitud de visado son mucho más densos y largos en lo que a burocracia y plazos se refiere, ya que han de tramitarse ante oficinas consulares, se ha de presentar numerosa documentación y suelen ser habituales actos presenciales o mediante cita previa que dificultan el proceso. Además, el tiempo que tardan las oficinas consulares y de inmigración tardan en tomar la decisión respecto del visado demoran bastante el proceso, frente a la mayor brevedad y rapidez que se promete para el procedimiento ETIAS.
Los razones por los que se impone esta nueva obligación son diversas, pero en resumen podría decirse que atiende, esencialmente, a motivos de seguridad. La Unión Europea y los gobiernos nacionales del espacio Schengen han mostrado en los últimos tiempos cierta preocupación por el escaso control que se realizaba respecto de las personas que accedían a territorio europeo, por lo que se busca implementar un modelo mas estricto en lo referente a la recopilación de datos e información.
Entre los objetivos de la implantación de ETIAS se encuentran, entre otros, el mejorar la gestión de fronteras de los países UE, ayudar en la detección y reducción de crímenes o actos terroristas y prevenir la migración irregular.
¿Qué documentos necesito y qué tengo que hacer?
La solicitud de autorización ETIAS se hará de forma electrónica, a través de la web creada a tal efecto.
Será necesario que cuentes con un pasaporte válido y con un plazo de vigencia suficiente para tu estancia (es decir, que no caduque en al menos los próximos 3 meses tras tu solicitud). Además, debes contar con una dirección de correo electrónico, a través de la cual te llegarán diferentes comunicaciones.
La tramitación de la autorización exige el pago de una tasa que rondará los 7€ y que necesariamente se abonará online por medio de una tarjeta de crédito o débito.
Al acceder al sistema deberás cubrir un formulario con tus datos personales y la información contenida en el pasaporte. Por razones de salud y orden público también tendrás que responder un breve cuestionario con preguntas generales sobre tu situación personal y de salud.
Tras presentar nuestra solicitud obtendremos una respuesta en las siguientes 72 horas.
Validez de la autorización ETIAS
En este punto no debemos confundir el tiempo de autorización para el cruce de fronteras (validez del ETIAS) con el tiempo o días que puedes estar dentro del Espacio Schengen y de los países sujetos al ETIAS.
Así, una vez cumplimentado el formulario, pagada la tasa y obtenida la autorización, ésta tendrá una vigencia de 3 años, por lo que podrás reutilizarla para futuros viajes dentro de ese plazo sin tener que volver a realizar el trámite telemático y pagar el importe durante dicho periodo.
En todo caso, no debemos entender que podemos pasar más de 90 días en estados Schengen, ya que en este sentido la norma seguirá siendo la misma: no se pueden superar los 90 días de estancia dentro de un periodo de 180.
¿Puedo trabajar o quedarme más de 90 días con la autorización ETIAS?
No, si deseas desempeñar alguna actividad lucrativa, ya sea por cuenta ajena o por cuenta propia, deberás solicitar el correspondiente visado de residencia y trabajo. La autorización ETIAS no da permiso laboral.
En esos 90 días podrás hacer turismo, viajes de negocios o incluso por motivos de salud o estudios. Si necesitas prolongar tu estancia deberás tramitar la correspondiente prórroga o, de forma más recomendable y si es previsible, solicitar desde tu país de origen un visado para una estancia superior a 90 días.
¿Cuándo entrá en vigor el sistema ETIAS?
Aunque es una idea en la que se lleva trabajando desde 2016 y se estimaba que empezase a operar en 2023, todavía no está claro si a finales de este año estará en funcionamiento. En todo caso parece claro que su implementación está garantizada para comienzos de 2024.
Por tanto, ahora mismo, si perteneces a uno de los países exentos de la necesidad de visado para viajar a España (o a otros países del Espacio Schengen) deberás simplemente cumplir con los requisitos tradicionales, sin tener que llevar acabo la aplicación por el sistema ETIAS. En todo caso, como decimos,todo apunta que desde comienzo de 2024 esto ya no será así.
¿Qué países de Europa pedirán el ETIAS?
- Alemania
- Austria
- Bélgica
- Bulgaria
- Croacia
- Chipre
- Dinamarca
- Eslovenia
- España
- Estonia
- Finlandia
- Francia
- Grecia
- Hungría
- Islandia
- Italia
- Letonia
- Liechtenstein
- Lituania
- Luxemburgo
- Malta
- Noruega
- Países Bajos
- Polonia
- Portugal
- República Checa
- República Eslovaca
- Rumanía
- Suecia
- Suiza
¿Qué países forman parte del programa de exención de visado y deberán aplicar a través del sistema ETIAS?
- Albania
- Andorra
- Antigua Y Barbuda
- Argentina
- A.R.Y.M.(Ant. Rep. Yugoslava Macedonia)
- Australia
- Bahamas
- Barbados
- Bosnia Herzegovina
- Brasil
- Brunei Darussalam
- Canadá
- Chile
- Colombia
- Corea Del Sur
- Costa Rica
- Dominica
- El Salvador
- Emiratos Arabes Unidos
- Estados Unidos
- Georgia
- Granada
- Guatemala
- Honduras
- Israel
- Japón
- Kiribati
- Malasia
- Marshall Islas
- Mauricio
- México
- Micronesia
- Moldova
- Mónaco
- Montenegro
- Nauru
- Nicaragua
- Nueva Zelanda
- Palaos
- Panamá
- Paraguay
- Perú
- Salomón (Islas)
- Samoa
- San Cristobal Y Nieves
- San Marino
- S. Vicente Y Granadinas
- Santa Lucía
- Santa Sede
- Serbia
- Seychelles
- Singapur
- Timor Oriental
- Tonga
- Trinidad Y Tobago
- Tuvalu
- Uruguay
- Vanuatu
- Venezuela